España: un año de cárcel por abofetear a su esposa en directo en TikTok
Un hombre fue condenado a un año de cárcel en España por dar una bofetada a su esposa cuando ella participaba en una emisión en TikTok, anunció el lunes el tribunal, una decisión infrecuente porque la mujer no denunció los hechos.
En su sentencia publicada el lunes, un tribunal de Soria (norte) estimó que el acusado era culpable de un delito de "maltrato" contra las mujeres.
Los hechos ocurrieron la noche del 27 al 28 de enero en Soria, cuando ella participaba en una emisión junto a tres amigos ante una audiencia de miles de personas, y su marido le propinó un bofetón lo suficientemente fuerte como para girarle la cara y hacerle saltar las lágrimas.
"El acusado, de una manera pública y notoria, ante miles de personas, agredió a su esposa, con intención de menoscabar su integridad física y de humillarla en público, sin que conste que le causara lesiones, si bien se produjo un maltrato evidente y real", estimó el tribunal.
La magistrada que dictó sentencia recordó que "en los delitos de violencia de género no es necesaria la denuncia de la víctima, debiéndose castigar una vez que se tiene conocimiento de su comisión".
Une precisión relevante, porque durante el juicio el acusado se negó a responder a preguntas y su mujer le defendió.
"Basta con el simple hecho de la retransmisión en directo de la bofetada para que los poderes públicos desplieguen el ámbito de protección de la víctima, con independencia de que ella se reconozca como tal", continúa la sentencia.
La conducta del hombre, prosiguió la magistrada, "merece que se imponga la pena en su grado máximo, ya que el acusado no es capaz de respetar a su esposa, ni siquiera en público".
El tribunal condenó al hombre a tres años de alejamiento de la víctima y a la prohibición de comunicarse con ella y adquirir un arma durante ese periodo.
Hace dos décadas, España convirtió en prioridad combatir el maltrato a las mujeres. En 2004, su parlamento aprobó la primera ley de Europa que hacía que el sexo de la víctima fuera una circunstancia agravante en caso de violencia.
R.Perez--LGdM